CETA – Certificado de Transferencia de Automotores

El Certificado de Transferencia de Automotores, mejor conocido como CETA, es un certificado que tienen que solicitas las personas humanas, las personas jurídicas, las sucesiones indivisas que estén dentro del país o residentes en el extranjero, que tenga relación con la transferencia de automotores o motovehículos que estén usados y que radiquen dentro del país.



El trámite puede hacerse por medio de llamada telefónica o por medio de internet.

Pasos para realizar la tramitación

Pasos para tramitar por internet

Sin utilizar Clave Fiscal



Para realizar la tramitación se tiene que ingresar al servicio de CETA que está disponible desde la página web oficial de AFIP. Se debe de completar con todos los datos que sean pedidos dentro del sistema. Se mandará un resumen de la tramitación realizada a la cuenta de correo electrónico del usuario, así que no será necesario que imprima algún tipo de constancia.

Utilizando Clave Fiscal



En este caso es necesario ingresar al servicio utilizando una Clave Fiscal de Transferencia de Bienes Muebles Registrables – Certificado de Transferencia de Automotores, además de rellenar y completar toda la información que sea solicitada por el sistema.

Es importante que tengas en cuenta que, para los representantes legales de sujetos residentes en el exterior, estos sólo podrán realizar la solicitud del CETA a través de este medio.



Requisitos de tramitación

Se está obligado a información sobre a la transferencia de automotores cuando se esté dentro de los siguientes puntos o escenarios:

  • Es un automotor (camión, camioneta, automóvil, furgón, jeep, ómnibus, colectivo, microbús, acoplado o acorazado, excluyendo la maquinaria agrícola, los tractores, grúas y maquinas viales), así como motovehículos (motocicleta, motoneta, motogurgón, motocarga, etc.) usado que se encuentren dentro del país.
  • El valor que se ha pactado para realizar la transferencia del vehículo, según la tabla de valuaciones usada por la Dirección Nacional de Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios en la que se realiza el cálculo de los aranceles, sea igual o superior a los 100.000 pesos. Este valor se aplica tanto para los automotores como para los motovehículos.

Infografía

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Más información

Se debe tener en cuenta que quedan exceptuados de cumplir la obligación de información sobre la transferencia las personas que se encuentran dentro de las siguientes condiciones:



  • Las misiones diplomáticos permanentes acreditadas por el Estado Nacional, los representantes de países extranjeros y los agentes consulares.
  • Estados Nacional, provinciales o de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Todas las instituciones religiosas que se encuentren cubiertas por el artículo 20 de la Ley de Impuestos a las Ganancias.

Esta excepción también se aplica para cualquier sujeto en el que el caso de transferencia realizada por medio de remates judiciales, resoluciones jurídicas o sentencias.

¿Qué información solicitan durante la carga del CETA?

A los usuarios se les solicita la siguiente información:

  1. Identificación del bien señalado el número de dominio, modelo, marca, tipo y fábrica dependiendo de los detalles correspondientes a cada uno de los distintos:
    1. Camiones, jeeps, rurales
    2. Automoviles
    3. Colectivos
    4. Furgón
    5. Ómnibus
    6. Acoplado
    7. Camión
    8. Minibus
    9. Motovehículo
    10. Semirremolque
    11. Casa Rodante
  2. El precio, la cantidad o el importe por la transferencia.
  3. Una identificación de/los transferente/s, en donde se tiene que detallar el nombre, apellidos, CUIL, CUIT, CDI, titularidad o porcentaje de la misma; en caso de que corresponda, se debe de indicar la existencia del condominio información, CUIL, CUIT, CDI y el porcentaje de titularidad.
  4. Indicar el porcentaje de dominio del objeto en transferencia.
  5. La identificación de/los adquiriente/s detallando el nombre, apellidos, CUIL, CUIT y el porcentaje de titularidad del mueble registrable; en caso de que corresponda, se debe indicar la presencia de condominios adquirientes informando el número de CUIT, CUIL y/o CDI con el porcentaje de la titularidad.
  6. Especificar si se trata de una transferencia preventiva de Solicitud “Tipo 15 Cesión de Derechos” – cesiones de derechos a factor de aseguradoras o compañías en caso de siniestro.

Esta es toda la información que debes tener en cuenta sobre la tramitación del CETA.



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